Artículo 86.- Los cambios que pudieran tener los bienes respecto a su estado físico, así como los gastos por desperfectos, almacenamiento, mantenimiento, vigilancia, seguros, traslados y cualquier otro que se origine a partir de la fecha señalada en las bases para la entrega física de los bienes, correrán a cargo del adquirente cuando por causas imputables a él la entrega no se hubiere realizado.
Structure Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación