Artículo 240.- El nombramiento del personal del Resguardo Federal de Valores se sujetará a las disposiciones siguientes:
I. El Titular responsable del Resguardo Federal de Valores será nombrado y removido libremente por el Tesorero de la Federación. Deberá contar con escolaridad mínima de nivel medio superior, experiencia mínima de cinco años con formación en el ramo de seguridad pública y una reconocida trayectoria profesional.
II. Los nombramientos del resto del personal que forme parte del Resguardo Federal de Valores serán propuestos por el Titular responsable de dicho Resguardo a su superior jerárquico, con apego a los lineamientos que para cada caso establezca el manual de operación correspondiente.
Structure Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación