Artículo 194.- Cuando los servidores públicos habilitados a los que se refiere el artículo anterior detecten alguna irregularidad en relación con los fondos y valores de la Federación, que pueda ocasionar daño o perjuicio al Erario Federal, deberán dar aviso inmediato al servidor público que los hubiere habilitado, a fin de que, se ordene la intervención del personal necesario para que proceda en ejercicio de sus atribuciones.
Structure Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación