Artículo 76.- La junta de aclaraciones se realizará en el lugar, fecha y hora indicados en las bases, la cual deberá realizarse por lo menos con cinco días hábiles de anticipación a la fecha de presentación o apertura de ofertas de compra, y será presidida por la persona designada por la Tesorería o por el auxiliar responsable de la enajenación.
En la junta de aclaraciones se dará respuesta a los planteamientos que realicen los participantes y se formulará el acta correspondiente.
Structure Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación