Artículo 134.- El término de prescripción a que este Capítulo se refiere se contará a partir de la fecha en que se originen las situaciones que a continuación se indican:
I. Tratándose de obligaciones que deban afectar el Presupuesto de Egresos de la Federación:
a) De créditos definidos cuyo pago no se hubiere autorizado por causas imputables al beneficiario, a partir de la fecha en que debió cumplirse con la obligación cuyo pago se reclama, y
b) De créditos reconocidos cuyo pago se hubiera ordenado, a partir de la fecha en que se hayan realizado los actos siguientes:
1. La expedición de las cuentas por liquidar certificadas o de otro documento presupuestario ordenador del pago, siempre y cuando se hubieren radicado;
2. Los vencimientos de los títulos de la deuda pública y otros títulos de crédito, y
3. La expedición de cheques.
c) En caso de resoluciones judiciales, el término de prescripción se contará a partir de la fecha que se notifique la resolución que ordene el pago a la Tesorería o sus auxiliares.
II. En el caso de obligaciones cuyo pago no deba afectar el Presupuesto de Egresos de la Federación:
a) De créditos por descuentos y percepciones a favor de terceros, excepto por pensiones alimenticias, a partir de la fecha en que deban entregarse o situarse a los terceros beneficiarios;
b) De créditos por participaciones en ingresos federales, cualquiera que sea su aplicación contable, a partir de la fecha en que legalmente pudieron hacerse efectivos;
c) Cuentas por liquidar certificadas emitidas por la Tesorería para pagos que deban realizarse a favor de terceros con cargo al beneficiario, a partir de la fecha de su expedición, y
d) Créditos a cargo de la Federación registrados en la cuenta de “acreedores diversos”, a partir de la fecha de su constitución.
III. Tratándose de créditos a cargo de las dependencias por obligaciones ante terceros comunicados a la Tesorería para su pago mediante cuentas por liquidar certificadas expedidas por las propias dependencias, a partir de la fecha de su radicación.
Structure Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación