Artículo 342.- El Contramaestre de bitácora dependerá del Oficial de derrota en lo que tenga relación con su cargo, y del Contramaestre de cargo en lo que se refiere al material de consumo. Será quien se encargue particularmente de la limpieza de los cuartos de navegación, cartas y cronómetros, sin dejar por esto de tomar parte en los baldeos y limpiezas generales del buque, al igual que los demás de su clase.
Structure Ordenanza General de la Armada