Artículo 1,474.- Examinará las hojas de servicios de los Oficiales para cerciorarse de que los que constan en cada una de ellas, están comprobados con los justificantes respectivos, disponiendo se exijan éstos a los que no los hubiesen exhibido. De la misma manera comprobará si las notas se han puesto de conformidad con lo acordado por la Junta de Honor, y a los Oficiales que tuviesen anotaciones desfavorables les hará llamar a su presencia para amonestarlos.
Structure Ordenanza General de la Armada