TITULO DECIMO TERCERO
Artículo 570.- En todo buque de la Armada el Oficial...
Artículo 571.- Permanecerá en su cargo por lo menos un...
Artículo 572.- Las funciones del Oficial que desempeñe este cargo...
Artículo 573.- Para el acertado desempeño de su comisión, se...
Artículo 574.- En el libro general de inventarios que se...
Artículo 575.- Todo buque, al ser puesto en servicio y...
Artículo 576.- Los artículos que se recibieren después de cerrados...
Artículo 577.- A medida que vayan recibiéndose a bordo los...
Artículo 578.- Si hubiere diferencia entre lo que indica la...
Artículo 579.- Sólo con autorización del Segundo Comandante podrá firmar...
Artículo 580.- Será responsable el Comandante de la existencia de...
Artículo 581.- Además del libro en que se anoten la...
Artículo 582.- Cuando tenga que hacer entrega de su cargo,...
Artículo 583.- Navegando en Escuadra, presenciará e intervendrá la entrega...
Artículo 584.- Los libros y carpetones que deberá llevar el...
Artículo 585.- Los libros y carpetones que deberá llevar, son...
Artículo 586.- Los estados que debe rendir mensualmente al Detall,...