Artículo 1,022.- Para la entrega de mando de un buque, los Comandantes salientes y entrantes firmarán los libros de todos los cargos, previa la anotación de conforme puesta por los Oficiales de cargo y del Oficial de equipo.
En los demás libros firmarán igualmente, previo el conforme de los Oficiales que estén obligados a llevarlos.
Structure Ordenanza General de la Armada