Artículo 313.- Pondrá especial atención en el estado de las cadenas, la seguridad del trincado de la arboladura de respeto en la mar, de las embarcaciones menores y de las anclas, el apresto de ellas al entrar o salir de puerto y el buen servicio de mordazas y estopores; quedando responsable de toda avería en que no justifique inculpabilidad por haber cumplido con celo y hecho presente a tiempo el riesgo del daño, o el no caber previsión en el caso.
Structure Ordenanza General de la Armada