Artículo 1,021.- Los documentos con que se debe hacer entrega de las comisiones navales, serán:
Para la entrega de un Rancho:
Lista de los que lo componen.
Relación de puestos en combate, incendio, etc.
Relación de los enseres y útiles.
Para la entrega de un Cargo:
Un estado de los efectos de consumo existentes.
El libro de cargo debidamente autorizado.
Los demás libros que por obligación se lleven.
Para la entrega de una Brigada:
Un estado nominal de los que la componen, con expresión del
vestuario y equipo.
Libretas del personal de la Brigada.
Un estado de armamento, correaje y útiles de rancho de la misma.
Un estado de los puestos en combate, incendio, etc.
Los libros debidamente autorizados.
Para la entrega del Detall:
Un estado de fuerza.
Un estado general de armamento marinero.
Un estado general de armamento militar.
Un estado general de vestuario.
Copia del plan de combate, incendio, etc.
Lista de las llaves de pañoles.
Los libros debidamente autorizados.
Para la entrega de mando de un buque:
Un estado general de fuerza.
Un estado general de armamento marinero.
Un estado general de armamento militar.
Un estado general de vestuario.
Los libros de la Comandancia.
El inventario general, sacado de los parciales de los cargos.
Tablilla de perturbaciones del compás.
Estado de cronómetros.
Un corte de caja.
Structure Ordenanza General de la Armada