ARTICULO 92.- La Secretaría promoverá y propiciará a través de la Subsecretaría Forestal y de la Fauna, la preparación de profesionales y técnicos en las especialidades de entomología y patología forestales, para cuyos efectos los enviará a instituciones nacionales o extranjeras, mediante el otorgamiento de años sabáticos o becas.
Structure Reglamento de la Ley de Sanidad Fitopecuaria de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Sanidad Vegetal