ARTICULO 42.- Para una mejor aplicación de las medidas de seguridad en materia de sanidad vegetal, la Secretaría procederá a establecer y atender los Centros Cuarentenarios de Introducción de Plantas, designando profesionales altamente especializados en la materia y personal auxiliar adiestrado. Estos Centros no podrán ser concesionados.
Structure Reglamento de la Ley de Sanidad Fitopecuaria de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Sanidad Vegetal