ARTICULO 84.- Para la prevención y combate de plagas y enfermedades en viveros y plantaciones forestales, la Secretaría desarrollará los programas de investigación y las acciones de control que se requieran y supervisará la realización de las actividades correspondientes.
Structure Reglamento de la Ley de Sanidad Fitopecuaria de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Sanidad Vegetal