ARTICULO 24.- El Presidente, el Secretario de Actas y el Tesorero, serán elegidos por los agricultores y representantes de sectores relacionados con la producción agrícola reunidos en asamblea general a la que asistirán representantes de la Secretaría. En la misma asamblea se designaran los vocales, uno por cada sector, como en el caso de asociaciones de agricultores y empresas de crédito oficiales y privadas.
Structure Reglamento de la Ley de Sanidad Fitopecuaria de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Sanidad Vegetal