ARTICULO 116.- Si al escuchar a los interesados la Secretaría considera que procede la realización de un nuevo estudio, éste lo realizarán expertos que designe la misma Dependencia y los representantes de los sectores inconformes.
Structure Reglamento de la Ley de Sanidad Fitopecuaria de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Sanidad Vegetal