ARTICULO 122.- En relación con los artículos 43 y 44 de la Ley, la Secretaría oportunamente comunicará a las Secretarías de Comercio y Hacienda y Crédito Público, las necesidades de importación de plaguicidas, substancias coadyuvantes, maquinaria y equipos para la aplicación de plaguicidas y fertilizantes y cualquier otro material de uso en actividades fitosanitarias.
Structure Reglamento de la Ley de Sanidad Fitopecuaria de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Sanidad Vegetal