ARTICULO 125.- Anualmente, en el mes de enero, el Comité presentará al C. Titular de la Secretaría, un estudio sobre las necesidades de plaguicidas, coadyuvantes, fertilizantes y equipos para la aplicación de estas substancias; este estudio se turnará a las Secretarías de Comercio, Hacienda y Crédito Público y Patrimonio y Fomento Industrial, con objeto de agilizar los trámites para el abastecimiento de los insumos, ya sean de importación o de fabricación nacional.
Structure Reglamento de la Ley de Sanidad Fitopecuaria de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Sanidad Vegetal