CAPITULO VIII
ARTICULO 143.- Las concesiones y permisos serán temporales y revocables...
ARTICULO 144.- Los registros se cancelarán en los siguientes casos:...
ARTICULO 145.- El concesionario perderá a favor de la nación,...
ARTICULO 146.- El Gobierno Federal tendrá en todo tiempo el...
ARTICULO 147.- La Secretaría resolverá administrativamente la revocación de concesiones...