CAPITULO VI
ARTICULO 93.- Con la excepción establecida en el artículo 96,...
ARTICULO 94.- Para la introducción de los artículos aludidos en...
ARTICULO 95.- La introducción de materiales provenientes de zonas de...
ARTICULO 96.- La Secretaría autorizará la introducción de material genético...
ARTICULO 97.- No podrá disponerse del material a que se...
ARTICULO 98.- La Secretaría negará la introducción a que se...
ARTICULO 99.- Podrá autorizarse la entrada al país de materiales...
ARTICULO 100.- Para efectos del artículo anterior la Secretaría podrá...
ARTICULO 101.- La Secretaría autorizará la introducción de especies animales...
ARTICULO 102.- Los envíos de especies benéficas que se introduzcan,...
ARTICULO 103.- Los productos nacionales de exportación podrán ampararse además...
ARTICULO 104.- Cuando en alguna área determinada del país se...
ARTICULO 105.- Las cuarentenas interiores podrán tener el carácter de...
ARTICULO 106.- Las cuarentenas que se establezcan serán de carácter...
ARTICULO 107.- Cuando una plaga o enfermedad afecte sólo alguna...
ARTICULO 108.- Las cuarentenas permanentes se dictarán por tiempo definido...
ARTICULO 109.- A las cuarentenas que se dicten para proteger...
ARTICULO 110.- El procedimiento para establecer una cuarentena y para...
ARTICULO 111.- En las estaciones cuarentenarias de desinfección y desinfestación...
ARTICULO 112.- Las zonas sujetas a cuarentena serán consideradas también...
ARTICULO 113.- Para declarar zonas de protección, áreas del territorio...
ARTICULO 114.- Las cuarentenas exteriores que se impongan contra vegetales...
ARTICULO 115.- Las declaraciones para el establecimiento de cuarentenas se...
ARTICULO 116.- Si al escuchar a los interesados la Secretaría...
ARTICULO 117.- En los casos en que la Secretaría lo...
ARTICULO 118.- El régimen cuarentenario y las instrucciones y reglamentaciones...