ARTÍCULO 68.- Todos los caballos inscritos para carreras deberán sujetarse a un examen físico y ser identificados por los veterinarios de los respectivos hipódromos, bajo la vigilancia de los árbitros, a fin de determinar si sus condiciones le permiten tomar parte en ellas. Los exámenes de que se trata se harán en el día de la respectiva carrera, en la forma y términos que determinen los árbitros, quienes tendrán la facultad de revisar el herraje de los caballos inscritos, advirtiendo a los entrenadores los defectos que encuentren para que sean corregidos.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Caballos de Pura Sangre