ARTÍCULO 48.- Los propios jueces de báscula, deberán reportar al Secretario de Carreras, el peso que lleve cada caballo participante en toda competencia, así como el nombre de su jinete y el sobrepeso si lo hubiere.
Además reportarán la distribución de premios y el ganador de cada carrera, el tiempo empleado en la misma, la hora en que se efectúe, y cualquier otro dato que se le llegare a pedir.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Caballos de Pura Sangre