ARTÍCULO 175.- Ningún caballo deberá cargar mayor peso del que se le hubiere asignado, ni se le aplicará sobre peso por haber tomado parte en carreras niveladas particulares o carreras de mano a mano.
En las carreras de reclamación y en las ordinarias, no se deducirán más de 2 1/2 kilogramos del peso correspondiente a la edad, salvo en el caso de otorgamiento especial de concesiones; en la inteligencia de que el peso mínimo nunca será menor de 43 kilos. En las carreras niveladas cuyas inscripciones se cierren con anticipación de setenta y dos horas o más, el peso máximo no podrá ser menor del que establece la tabla del apéndice. En las carreras niveladas ordinarias, el peso máximo no bajará de 53 kilogramos.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Caballos de Pura Sangre