ARTÍCULO 26.- Todas las inscripciones y declaraciones relativas a las carreras, quedarán sujetas a la previa aprobación de los árbitros, quienes podrán rehusarlas, fundando su negativa. Jamás podrán los árbitros aceptar inscripciones de caballos que no estén suficientemente adiestrados, según los informes del juez de partida.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Caballos de Pura Sangre