CAPÍTULO XVI
ARTÍCULO 140.- En las carreras de reclamación, cualquier ejemplar queda...
ARTÍCULO 141.-El precio de reclamación de cada ejemplar inscrito para...
ARTÍCULO 142.- Si se presentare más de una reclamación valida...
ARTÍCULO 143.- Toda reclamación deberá presentarse por escrito (en forma...
ARTÍCULO 144.- Todas las reclamaciones para ejemplares inscritos en las...
ARTÍCULO 145.- Los ejemplares reclamados en una carrera, la correrán...
ARTÍCULO 146.- Si los Árbitros autorizaren el retiro de un...
ARTÍCULO 147.- I.- Ningún ejemplar cuya propiedad se obtenga por...
ARTÍCULO 148.- Salvo en el caso de haber sufrido daños...
ARTÍCULO 149.-I.- Ninguna persona podrá ofrecer o aceptar ningún acuerdo...
ARTÍCULO 150.- No se autorizará inscripciones de caballos en carreras...
ARTÍCULO 151.- Nadie podrá alegar derechos de propiedad sobre un...