ARTÍCULO 299.- La Comisión Nacional como autoridad suprema, resolverá cualquier incidente que pueda surgir con motivo de las subastas públicas de los caballos abandonados por sus dueños o de las que se lleven a efecto por orden de los árbitros, para cubrir los adeudos que tengan los propietarios de las cuadras con sus trabajadores o proveedores en el hipódromo.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Caballos de Pura Sangre