ARTÍCULO 61.- Los jueces mencionados llevarán registro minucioso del equipo de cada caballo participante en una carrera e informarán a los árbitros respecto del mismo, así como acerca de las modificaciones que subsecuentemente hubiere sufrido. No podrá hacerse modificación alguna en el equipo, sin previa autorización de los árbitros.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Caballos de Pura Sangre