Reglamento Nacional de Carreras de Caballos de Pura Sangre

CAPÍTULO I

ARTÍCULO 1o.- A la Comisión Nacional de Carreras de Caballos,...

ARTÍCULO 2o.- Empresario es la persona física o moral que,...

ARTÍCULO 3o.- Debe entenderse por temporada autorizada de carreras la...

ARTÍCULO 4o.- Toda temporada se iniciará oficialmente dos días antes...

ARTÍCULO 5o.- CRIADOR, es el propietario de una yegua madre,...

ARTÍCULO 6o.- Todo caballo debe considerarse criado en el lugar...

ARTÍCULO 7o.- PROPIETARIO, es el dueño o condueño de uno...

ARTÍCULO 8o.- En los términos de este Reglamento, las palabras...

ARTÍCULO 9o.- NO GANADOR (maiden) es el ejemplar de carreras...

ARTÍCULO 10.- Representante o Agente Autorizado de un propietario, será...

ARTÍCULO 11.- La persona en cuyo nombre se inscriba un...

ARTÍCULO 12.- Carrera es una prueba de velocidad entre dos...

ARTÍCULO 13.- Se tendrán como reconocidas y autorizadas las siguientes...

ARTÍCULO 14.- Un ejemplar se convierte en COMPETIDOR o PARTICIPANTE,...

ARTÍCULO 15.- COLOCACION, al terminar una carrera, es la posición...

ARTÍCULO 16.-Hora de salida es la fijada para la iniciación...

ARTÍCULO 17.-PUNTO DE PARTIDA es el lugar de la pista...

ARTÍCULO 18.-Jinete (jockey) es el que monta un caballo en...

ARTÍCULO 19.- PESO POR EDAD es la tabla de pesos...

CAPÍTULO II

ARTÍCULO 20.- En toda temporada autorizada, los funcionarios que deben...

ARTÍCULO 21.- En toda temporada autorizada, uno de los árbitros...

ARTÍCULO 22.- Todo funcionario de carreras que preste servicios en...

ARTÍCULO 23.- Ningún funcionario podrá asociarse con jinetes, ni podrá...

CAPÍTULO III

ARTÍCULO 24.- Los árbitros (stewards) serán los funcionarios responsables ante...

ARTÍCULO 25.- Los árbitros ejercerán su autoridad en los terrenos...

ARTÍCULO 26.- Todas las inscripciones y declaraciones relativas a las...

ARTÍCULO 27.- Los árbitros deberán tomar conocimiento de todo acto...

ARTÍCULO 28.- Cuando el jinete que debía montar determinado ejemplar...

ARTÍCULO 29.- Los árbitros designarán a las personas que deban...

ARTÍCULO 30.- En los días de carreras, cuando menos uno...

ARTÍCULO 31.-Antes de cada carrera, uno de los árbitros, acompañado...

ARTÍCULO 32.- Todo asunto relacionado con las carreras, que surja...

ARTÍCULO 33.- Los árbitros serán los funcionarios autorizados para inspeccionar...

CAPÍTULO IV

ARTÍCULO 34.- El Secretario de Carreras, será el funcionario autorizado...

ARTÍCULO 35.- El propio Secretario podrá exigir, siempre que lo...

ARTÍCULO 36.- El Secretario de Carreras, por si o por...

ARTÍCULO 37.- El Secretario de Carreras conservará los expedientes de...

CAPÍTULO V

ARTÍCULO 38.- El Secretario del Hipódromo, es el funcionario autorizado...

ARTÍCULO 39.- El propio Secretario, llevará una estadística completa de...

ARTÍCULO 40.- Deberá llevar registro de las sanciones impuestas en...

ARTÍCULO 41.- El Secretario, llevará además un registro de las...

ARTÍCULO 42.- El Secretario del Hipódromo podrá ser facultado por...

CAPÍTULO VI

ARTÍCULO 43.- Los jueces de báscula serán los funcionarios autorizados...

ARTÍCULO 44.- Los jueces de báscula darán cuenta al juez...

ARTÍCULO 45.- Todo cambio de pesos o de jinete y...

ARTÍCULO 46.- Al finalizar cada día de carreras, los jueces...

ARTÍCULO 47.- Los jueces de báscula, llevarán la relación de...

ARTÍCULO 48.- Los propios jueces de báscula, deberán reportar al...

ARTÍCULO 49.-Todo jinete, antes de participar en una carrera, deberá...

ARTÍCULO 50.- Los excesos de peso jamás podrán ser mayores...

ARTÍCULO 51.- El peso de un jinete incluirá su ropa,...

ARTÍCULO 52.- Tanto el entrenador como el propietario de un...

ARTÍCULO 53.- Ningún jinete, excepto en el caso de que...

ARTÍCULO 54.- Cuando un propietario inscriba dos o más caballos...

ARTÍCULO 55.- Concluida una carrera y tan pronto como un...

ARTÍCULO 56.- En caso de que un jinete no pueda...

ARTÍCULO 57.- Al regresar a la tribuna de los árbitros,...

ARTÍCULO 58.- Ningún caballo podrá ser encamisado antes de que...

CAPÍTULO VII

ARTÍCULO 59.-Los jueces de ensilladero tendrán la obligación de identificar...

ARTÍCULO 60.- Los jueces de ensilladero vigilarán a los competidores,...

ARTÍCULO 61.- Los jueces mencionados llevarán registro minucioso del equipo...

ARTÍCULO 62.- Los mismos jueces podrán permitir, con autorización del...

CAPÍTULO VIII

ARTÍCULO 63.-Si las puertas delanteras del arrancadero no se abrieran...

ARTÍCULO 64.- Los jueces de partida podrán desempeñar sus funciones...

ARTÍCULO 65.- Dichos jueces no podrán imponer multa o suspensiones...

ARTÍCULO 66.- Los jueces de partida informarán a los árbitros...

ARTÍCULO 67.- Los mismos jueces de partidero tendrán la obligación...

ARTÍCULO 68.- Todos los caballos inscritos para carreras deberán sujetarse...

ARTÍCULO 69.- Mediante un toque de corneta, se dará aviso...

ARTÍCULO 70.- Los caballos estarán a cargo del juez de...

ARTÍCULO 71.- Los caballos deberán colocarse en el arrancadero a...

ARTÍCULO 72.- Salvo en caso de imposibilidad absoluta, calificada previamente...

ARTÍCULO 73.- Todos los caballos desfilarán desde el ensilladero hasta...

ARTÍCULO 74.- Se prohibe el uso de arciales y bridas...

CAPÍTULO IX

ARTÍCULO 75.-Los jueces de pista estarán bajo las órdenes de...

ARTÍCULO 76.- Los empresarios de hipódromos, deberán establecer un sistema...

CAPÍTULO X

ARTÍCULO 77.- Estos jueces deberán ocupar la tribuna correspondiente y...

ARTÍCULO 78.- La colocación de los caballos al pasar la...

ARTÍCULO 79.- Los jueces de meta anunciarán desde luego su...

ARTÍCULO 80.- Los jueces de meta dictarán su decisión por...

ARTÍCULO 81.- Estos mismos jueces marcarán el orden de llegada...

CAPÍTULO XI

ARTÍCULO 82.- Los tomadores de tiempo ocuparán la tribuna que...

ARTÍCULO 83.- En caso de que para el cómputo de...

CAPÍTULO XII

ARTÍCULO 84.- El secretario de carreras es el funcionario autorizado...

ARTÍCULO 85.- La selección de inscripciones se hará por sorteo...

ARTÍCULO 86.- Los árbitros, para rechazar la inscripción de un...

ARTÍCULO 87.- Las inscripciones y declaraciones deberán hacerse por escrito...

ARTÍCULO 88.- Las inscripciones podrán, en casos excepcionales, hacerse por...

ARTÍCULO 89.-En los casos de que se alegare pérdida en...

ARTÍCULO 90.- En ninguna carrera podrán inscribirse, ni competir, más...

ARTÍCULO 91.- Los certificados de registro de caballos expedidos por...

ARTÍCULO 92.- Cuando corran dos caballos pertenecientes a distintos propietarios...

ARTÍCULO 93.- Los datos relativos a la propiedad de un...

ARTÍCULO 94.- En caso de cambiarse a un caballo su...

ARTÍCULO 95.- Las descripciones incorrectas o imperfectas de un caballo...

ARTÍCULO 96.- Las inscripciones para las carreras se efectuarán a...

ARTÍCULO 97.- A falta de condiciones o avisos en contrario,...

ARTÍCULO 98.- Serán motivos para rehusar una inscripción los siguientes:...

ARTÍCULO 99.- Sólo los propietarios de un caballo, cuyos derechos...

ARTÍCULO 100.- Los caballos vendidos mediante contrato o cuya propiedad...

ARTÍCULO 101.- En casos de transmisión por contrato o por...

ARTÍCULO 102.- El suscripto de una carrera clásica es responsable...

ARTÍCULO 103.- La venta de un caballo a una persona...

ARTÍCULO 104.- Las suscripciones y derechos de inscripción de un...

ARTÍCULO 105.- Salvo en el caso de que las condiciones...

ARTÍCULO 106.- Las inscripciones para carreras ordinarias, incluirán siempre que...

ARTÍCULO 107.- Si las autoridades de carreras de un hipódromo...

ARTÍCULO 108.- El suscriptor de un caballo será responsable de...

ARTÍCULO 109.- Tan pronto como las inscripciones queden cerradas, se...

ARTÍCULO 110.- Las inscripciones de carreras ordinarias se harán sin...

ARTÍCULO 111.- Si una carrera no se logra organizar por...

ARTÍCULO 112.- Las cuotas de inscripción en las carreras clásicas,...

ARTÍCULO 113.- En caso de que las inscripciones para cualquier...

ARTÍCULO 114.- Ningún propietario, entrenador o representante, podrá inscribir un...

ARTÍCULO 115.- El retiro de un caballo en una carrera...

ARTÍCULO 116.- Si un caballo se vendiere con obligación de...

ARTÍCULO 117.-Las declaraciones de carreras clásicas se harán en igual...

ARTÍCULO 118.- Cuando un registro se hiciere bajo el nombre...

ARTÍCULO 119.- No se aceptará la inscripción de caballos que...

CAPÍTULO XIII

ARTÍCULO 120.- El Secretario de Carreras formará una lista que...

ARTÍCULO 121.- Cuando un ejemplar que tenga posición de barrera...

CAPÍTULO XIV

ARTÍCULO 122.- Ganancia, para los efectos de este Reglamento, es...

ARTÍCULO 123.- Cálculo de ganancias es la verificación de la...

ARTÍCULO 124.- El cálculo de los premios extraordinarios ganados en...

ARTÍCULO 125.- Las ganancias de un año comprenderán todos los...

ARTÍCULO 126.- El hecho de ganar determinada cantidad, se entenderá...

ARTÍCULO 127.- En el caso de carreras sin competencia, se...

ARTÍCULO 128.- Si una carrera no llegare a efectuarse o...

CAPÍTULO XV

ARTÍCULO 129.- Todas las carreras deberán filmarse en su totalidad....

ARTÍCULO 130.- Después de entrar a la pista con destino...

ARTÍCULO 131.- Los caballos competidores en una carrera, no deberán...

ARTÍCULO 132.- Salvo en el caso de accidente, todo caballo...

ARTÍCULO 133.- En los casos de inscripciones de dos caballos...

ARTÍCULO 134.- El caballo que vaya a la cabeza tiene...

ARTÍCULO 135.- El hecho de cruzar un caballo con objeto...

ARTÍCULO 136.- Si un caballo se saliera de la pista,...

ARTÍCULO 137.- Deberá considerarse nula una carrera si ninguno de...

ARTÍCULO 138.- Los árbitros tomarán nota de todos los casos...

ARTÍCULO 139.- Las quejas por incidentes ocurridos durante una carrera...

CAPÍTULO XVI

ARTÍCULO 140.- En las carreras de reclamación, cualquier ejemplar queda...

ARTÍCULO 141.-El precio de reclamación de cada ejemplar inscrito para...

ARTÍCULO 142.- Si se presentare más de una reclamación valida...

ARTÍCULO 143.- Toda reclamación deberá presentarse por escrito (en forma...

ARTÍCULO 144.- Todas las reclamaciones para ejemplares inscritos en las...

ARTÍCULO 145.- Los ejemplares reclamados en una carrera, la correrán...

ARTÍCULO 146.- Si los Árbitros autorizaren el retiro de un...

ARTÍCULO 147.- I.- Ningún ejemplar cuya propiedad se obtenga por...

ARTÍCULO 148.- Salvo en el caso de haber sufrido daños...

ARTÍCULO 149.-I.- Ninguna persona podrá ofrecer o aceptar ningún acuerdo...

ARTÍCULO 150.- No se autorizará inscripciones de caballos en carreras...

ARTÍCULO 151.- Nadie podrá alegar derechos de propiedad sobre un...

CAPÍTULO XVII

ARTÍCULO 152.- Las inscripciones para carreras de productos se harán...

ARTÍCULO 153.-Si no hubiere producto, si fuere gemelar, si muriere...

ARTÍCULO 154.- Las concesiones para productos de caballos que no...

ARTÍCULO 155.- La falta de registro de un producto, no...

ARTÍCULO 156.-En las carreras de productos o en aquellas que...

CAPÍTULO XVIII

ARTÍCULO 157.- Si la pena convencional (forfeit), impuesta a un...

ARTÍCULO 158.- En carreras de sólo dos caballos, sí uno...

ARTÍCULO 159.- Si en el momento de efectuar el desfile,...

ARTÍCULO 160.- En las carreras sin competencia, los premios que...

CAPÍTULO XIX

ARTÍCULO 161.- Las carreras de obstáculos (Steeple Chase), son aquellas...

ARTÍCULO 162.- Esta clase de carreras se sujetará a un...

CAPÍTULO XX

ARTÍCULO 163.-Si una carrera resultare empatada no se dirimirá el...

ARTÍCULO 164.- Cada caballo que empate en primer lugar, será...

ARTÍCULO 165.- Si los propietarios no llegaren a un acuerdo...

CAPÍTULO XXI

ARTÍCULO 166.- En cada temporada el Secretario de Carreras clasificará...

ARTÍCULO 167.-Los nombres y las categorías de todos los caballos...

ARTÍCULO 168.-El Juez de Peso tendrá la facultad de cambiar...

ARTÍCULO 169.- El propio Juez de peso (handicapper) tendrá la...

ARTÍCULO 170.- Cuando todos los competidores en una carrera fueren...

ARTÍCULO 171.- Las potrancas de dos años gozarán de una...

ARTÍCULO 172.- Sin contravenir las disposiciones expresas contenidas en este...

ARTÍCULO 173.- En caso de no fijarse las condiciones a...

ARTÍCULO 174.- Cuando en una temporada de carreras algún caballo...

ARTÍCULO 175.- Ningún caballo deberá cargar mayor peso del que...

ARTÍCULO 176.- Cualquier persona del sexo masculino no menor de...

ARTÍCULO 177.- Cuando los interesados reclamaren contra la fijación de...

CAPÍTULO XXII

ARTÍCULO 178.- Los seudónimos sólo podrán emplearse previo registro y...

ARTÍCULO 179.- Los seudónimos debidamente registrados ante asociaciones reconocidas por...

ARTÍCULO 180.- Nadie podrá registrar más de un seudónimo a...

ARTÍCULO 181.- Los seudónimos podrán ser cambiados a voluntad de...

ARTÍCULO 182.- Quién haya registrado un seudónimo, podrá dejar de...

ARTÍCULO 183.- No se autorizará el registro de seudónimos anteriormente...

ARTÍCULO 184.- Un Entrenador que tenga licencia además de propietario...

CAPÍTULO XXIII

ARTÍCULO 185.-Los colores distintivos de los propietarios de caballos de...

ARTÍCULO 186.- Los cambios de colores registrados sólo podrán hacerse...

ARTÍCULO 187.- Los colores registrados a nombre de un propietario...

ARTÍCULO 188.- En caso de que un caballo compitiere en...

ARTÍCULO 189.- Las cuestiones que surjan respecto al uso de...

CAPÍTULO XXIV

ARTÍCULO 190.- Los entrenadores serán responsables del estado que guarden...

ARTÍCULO 191.- La licencia de entrenador autoriza, salvo disposición en...

ARTÍCULO 192.- Los entrenadores no podrán tener a su cuidado...

ARTÍCULO 193.- Dichos entrenadores tampoco podrán tener a su cuidado...

ARTÍCULO 194.- Los entrenadores serán responsables de que los caballos...

ARTÍCULO 195.-Si un entrenador autorizado se hallare en la imposibilidad...

ARTÍCULO 196.- Ni los propietarios ni los entrenadores podrán emplear...

ARTÍCULO 197.-Los propietarios o entrenadores que hayan celebrado contratos con...

ARTÍCULO 198.- Las cuestiones que surgieren respecto de los servicios...

ARTÍCULO 199.- Ningún propietario o entrenador podrá tener participación en...

ARTÍCULO 200.- Los propietarios, entrenadores o representantes que contraten los...

ARTÍCULO 201.- Si un propietario o entrenador cesaren a un...

CAPÍTULO XXV

ARTÍCULO 202.- Para obtener licencia de jinete será necesario tener...

ARTÍCULO 203.- Los jinetes, para montar en una carrera, deberán...

ARTÍCULO 204.- Se prohibe el uso de toda clase de...

ARTÍCULO 205.- Todos los jinetes deberán usar un casco protector,...

ARTÍCULO 206.- El Secretario del Hipódromo tendrá obligación de reportar...

ARTÍCULO 207.- Todos los jinetes deberán presentarse en el cuarto...

ARTÍCULO 208.- Ningún jinete ni la esposa o familiares cercanos...

ARTÍCULO 209.- Los jinetes no podrán ser propietarios o tener...

ARTÍCULO 210.- Las multas impuestas a los jinetes, deberán ser...

ARTÍCULO 211.- A falta de contrato sobre los servicios de...

ARTÍCULO 212.- Los jinetes registrarán ante el Secretario de Carreras...

ARTÍCULO 213.- Los jinetes suspendidos temporalmente, no podrán montar en...

ARTÍCULO 214.- Los jinetes temporalmente suspendidos, podrán, con la autorización...

ARTÍCULO 215.- Si un jinete contratado para una carrera, o...

CAPÍTULO XXVI

ARTÍCULO 216.- Ningún entrenador o jinete, puede adiestrar o montar...

ARTÍCULO 217.- Los entrenadores y jinetes solicitarán sus respectivos permisos...

ARTÍCULO 218.- Los árbitros podrán proponer al Jockey Club o...

ARTÍCULO 219.- Las solicitudes de licencias especificarán claramente las condiciones...

ARTÍCULO 220.- Las solicitudes de licencia de entrenadores y jinetes,...

ARTÍCULO 221.- En casos excepcionales calificados por los árbitros o...

ARTÍCULO 222.- Ningún caballo podrá competir en una carrera si...

ARTÍCULO 223.- Los jinetes que aceptaren montar sin consentimiento del...

ARTÍCULO 224.- Los propietarios y entrenadores podrán asimismo ser multados...

ARTÍCULO 225.- Ningún jinete podrá participar en una carrera compitiendo...

ARTÍCULO 226.- Los jinetes aprendices no estarán obligados a solicitar...

ARTÍCULO 227.- Las licencias serán prueba suficiente del empleo de...

ARTÍCULO 228.- Nadie podrá contratar los servicios de un jinete...

CAPÍTULO XXVII

ARTÍCULO 229.- Los agentes autorizados o representantes de jinetes, deberán...

ARTÍCULO 230.- Los jinetes deberán registrar ante los Árbitros, al...

ARTÍCULO 231-Quien no sea propietario, entrenador o representante de un...

ARTÍCULO 232.- Los agentes de jinetes no podrán tener la...

CAPÍTULO XXVIII

ARTÍCULO 233.- Se tendrán como prácticas deshonestas los siguientes hechos....

ARTÍCULO 234.- La administración de estimulantes o drogas por aplicación...

ARTÍCULO 235.- El uso de cualquier artefacto mecánico, eléctrico o...

ARTÍCULO 236.-Nadie podrá tener dentro de los límites de un...

ARTÍCULO 237.- Quienes teniendo, por su carácter o las funciones...

ARTÍCULO 238.- Ningún caballo al que se hubiere administrado algún...

ARTÍCULO 239.- Los árbitros que desempeñen sus funciones en un...

ARTÍCULO 240.- La Comisión Nacional, determinará el equipo obligatorio para...

ARTÍCULO 241.- La toma de muestras para las pruebas a...

ARTÍCULO 242.- Se tomarán muestras de saliva o se harán...

ARTÍCULO 243.- Si los análisis químicos de cualquier muestra tomada...

ARTÍCULO 244.- El Jockey Club o la asociación que patrocine...

ARTÍCULO 245.- Los árbitros podrán nombrar inspectores de herrajes cuya...

CAPÍTULO XXIX

ARTÍCULO 246.- Las protestas, salvo cuando fueren motivadas por faltas...

ARTÍCULO 247.- Sólo los árbitros podrán autorizar el retiro de...

ARTÍCULO 248.- Los suscriptores de una protesta deberán cubrir todos...

ARTÍCULO 249.- Los Árbitros podrán exigir la constitución de un...

ARTÍCULO 250.- Los fallos de los árbitros en relación con...

ARTÍCULO 251.- Las protestas en contra de un caballo competidor...

ARTÍCULO 252.- Los árbitros podrán exigir que se compruebe a...

ARTÍCULO 253.- Toda protesta relativa a la distancia oficial designada...

ARTÍCULO 254.- Las protestas formuladas por hechos ocurridos durante una...

ARTÍCULO 255.- Los propietarios o entrenadores que hicieren protestas infundadas,...

ARTÍCULO 256.- Si la protesta formuada contra un caballo que...

ARTÍCULO 257.- Si debido a la protesta formulada en contra...

ARTÍCULO 258.- Los premios correspondientes a un caballo contra el...

ARTÍCULO 259.- Los Árbitros aceptarán protestas dentro de las 72...

ARTÍCULO 260.- En todos los demás casos, los árbitros aceptarán...

ARTÍCULO 261.- En casos de dolo o engaño, no se...

ARTÍCULO 262.- Si se presentara una protesta contra un caballo...

ARTÍCULO 263.- Las protestas en contra de las decisiones de...

CAPÍTULO XXX

ARTÍCULO 264.- Cualquiera que sea el sistema que rija las...

CAPÍTULO XXXI

ARTÍCULO 265.- De conformidad con lo dispuesto por el Decreto...

ARTÍCULO 266.- En cada Hipódromo, los Árbitros serán las autoridades...

ARTÍCULO 267.- Salvo en el caso en que especialmente se...

ARTÍCULO 268.- La Comisión Nacional deberá resolver toda controversia que...

ARTÍCULO 269.-A todos los que participen en hechos que este...

ARTÍCULO 270.- Todo entrenador, jinete o empleado de un hipódromo,...

ARTÍCULO 271.- En el caso de que un caballo obligado...

ARTÍCULO 272.- El jinete que innecesariamente obligue a su caballo...

ARTÍCULO 273.- La ministración de drogas o estimulantes a que...

ARTÍCULO 274.- Los funcionarios o empleados de la empresa de...

ARTÍCULO 275.- La infracción del precepto contenido en el artículo...

ARTÍCULO 276.- Si al verificarse el análisis químico de la...

ARTÍCULO 277.- La infracción de las reglas que establecen la...

ARTÍCULO 278.- El cruce de un jinete en plena carrera,...

ARTÍCULO 279.-Si un jinete golpea o trata de golpear a...

ARTÍCULO 280.- No se podrá alegar ignorancia de los preceptos...

ARTÍCULO 281.- Las personas descalificadas, mientras tengan el carácter, quedarán...

ARTÍCULO 282.- Toda persona complicada en prácticas deshonestas llevadas a...

ARTÍCULO 283.- Todo caballo que haya sido objeto de prácticas...

ARTÍCULO 284.- El traspaso de un caballo o del compromiso...

ARTÍCULO 285.- La violación de las reglas contenidas en los...

ARTÍCULO 286.- El hecho de que el peso de un...

ARTÍCULO 287.- En los mismos términos del artículo 107 de...

ARTÍCULO 288.- Las multas impuestas por los árbitros de un...

ARTÍCULO 289.- Las personas que no paguen las multas que...

ARTÍCULO 290.- El Secretario del Hipódromo informará al Jockey Club...

CAPÍTULO XXXII

ARTÍCULO 291.-Toda persona que labore en cualquier actividad dentro de...

ARTÍCULO 292.- El registro de colores y la licencia de...

CAPÍTULO XXXIII

ARTÍCULO 293.-Los miembros de la Comisión Nacional y los funcionarios...

ARTÍCULO 294.- Los funcionarios y empleados de la asociación que...

ARTÍCULO 295.-El Jockey Club o la asociación que patrocine temporadas...

ARTÍCULO 296.- Ningún funcionario o empleado de una asociación o...

ARTÍCULO 297.- El Secretario del hipódromo, informará oportunamente a la...

ARTÍCULO 298.- Los empresarios del hipódromo someterán al Jockey Club...

ARTÍCULO 299.- La Comisión Nacional como autoridad suprema, resolverá cualquier...

ARTÍCULO 300.-Los empresarios de hipódromos no tendrán obligación de hacer...

ARTÍCULO 301.- Los mismos empresarios no podrán en ningún caso...

ARTÍCULO 302.- Toda empresa que organice una temporada de carreras...

ARTÍCULO 303.-La Empresa tendrá la obligación de pagar un 10%...

ARTÍCULO 304.- En carreras de caballos de pura sangre ningún...

ARTÍCULO 305.- A toda persona suspendida o expulsada, temporal o...

ARTÍCULO 306.- El Jockey Club o la Asociación Patrocinadora de...

ARTÍCULO 307.- Serán requisitos indispensables para que una Sociedad pueda...

ARTÍCULO 308.- Si una Sociedad que cuenta con licencia para...

ARTÍCULO 309.- Ningún veterinario, mientras se encuentre en calidad de...