ARTÍCULO 1o.- A la Comisión Nacional de Carreras de Caballos, en este Reglamento se le denominará simplemente Comisión Nacional, al Jockey Club Mexicano, A.C., Jockey Club y a cualquier otra persona moral que patrocine carreras de caballos de pura sangre, Asociación Patrocinadora.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Caballos de Pura Sangre