ARTÍCULO 32.- Todo asunto relacionado con las carreras, que surja en el curso de una temporada, será decidido por los árbitros a mayoría de votos; toda cuestión no decidida por los árbitros en el término de tres días, deberá turnarse a la Comisión Nacional, a fin de que la misma dicte, en el caso, las medidas que estime pertinentes.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Caballos de Pura Sangre