ARTÍCULO 217.- Los entrenadores y jinetes solicitarán sus respectivos permisos del Jockey Club o de la Asociación que patrocine la temporada, cumpliendo con los requisitos que la misma señale al efecto. Se negará toda licencia solicitada por quien se encuentre suspendido o expulsado de cualquier hipódromo o en cualquiera otra forma imposibilitado para adiestrar o montar caballos.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Caballos de Pura Sangre