ARTÍCULO 294.- Los funcionarios y empleados de la asociación que patrocine una temporada de carreras y los del hipódromo correspondiente, conservarán su respectiva independencia, pero procurarán una estrecha cooperación e informarán a sus respectivos superiores respecto de cualquier diferencia que entre ellos surja.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Caballos de Pura Sangre