ARTÍCULO 56.- En caso de que un jinete no pueda regresar a caballo a la tribuna de los árbitros, por accidente o enfermedad de él o de su cabalgadura, podrá caminar o hacerse transportar hasta la báscula, quedando los árbitros facultados para eximirle de hacerlo en casos extremos.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Caballos de Pura Sangre