ARTÍCULO 108.- El suscriptor de un caballo será responsable de las cuotas de inscripción del mismo. La muerte de un caballo o los errores de su inscripción si sus demás condiciones fueren aceptables, no eximirán al suscriptor de la responsabilidad mencionada. Las cuotas de inscripción para una carrera que se haya verificado, no serán reembolsadas aun cuando el caballo por el que hubieran sido cubiertas no hubiese competido en ella, salvo que el mismo caballo hubiese sido retirado de la carrera por decisión de los árbitros.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Caballos de Pura Sangre