ARTÍCULO 224.- Los propietarios y entrenadores podrán asimismo ser multados o suspendidos por los árbitros si a sabiendas contrataren a un jinete sin el consentimiento previo del propietario o entrenador con el cual dicho jinete tuviese previamente celebrado contrato, para la prestación de sus servicios.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Caballos de Pura Sangre