CAPÍTULO XXXIII
ARTÍCULO 293.-Los miembros de la Comisión Nacional y los funcionarios...
ARTÍCULO 294.- Los funcionarios y empleados de la asociación que...
ARTÍCULO 295.-El Jockey Club o la asociación que patrocine temporadas...
ARTÍCULO 296.- Ningún funcionario o empleado de una asociación o...
ARTÍCULO 297.- El Secretario del hipódromo, informará oportunamente a la...
ARTÍCULO 298.- Los empresarios del hipódromo someterán al Jockey Club...
ARTÍCULO 299.- La Comisión Nacional como autoridad suprema, resolverá cualquier...
ARTÍCULO 300.-Los empresarios de hipódromos no tendrán obligación de hacer...
ARTÍCULO 301.- Los mismos empresarios no podrán en ningún caso...
ARTÍCULO 302.- Toda empresa que organice una temporada de carreras...
ARTÍCULO 303.-La Empresa tendrá la obligación de pagar un 10%...
ARTÍCULO 304.- En carreras de caballos de pura sangre ningún...
ARTÍCULO 305.- A toda persona suspendida o expulsada, temporal o...
ARTÍCULO 306.- El Jockey Club o la Asociación Patrocinadora de...
ARTÍCULO 307.- Serán requisitos indispensables para que una Sociedad pueda...
ARTÍCULO 308.- Si una Sociedad que cuenta con licencia para...
ARTÍCULO 309.- Ningún veterinario, mientras se encuentre en calidad de...