ARTÍCULO 264.- Cualquiera que sea el sistema que rija las apuestas en un Hipódromo, deberán observarse las siguientes reglas:
a) Queda terminantemente prohibido que los menores de edad intervengan en forma alguna en las apuestas;
b) Ningún Funcionario del Hipódromo podrá hacer apuestas en efectivo o de cualquier otra especie, ya sea directa o indirectamente, en relación con las carreras que se lleven a cabo en el Hipódromo en que desempeñen sus funciones;
c) Será regla fundamental para las apuestas en cualquier Hipódromo, que no se harán devoluciones por boletos apostados a un caballo, desde el momento en que se convierta en competidor, aun cuando no arranque o no ejecute el recorrido de la competencia, salvo que, por defecto mecánico, o se abriera la puerta que le correspondió en el partidero;
d) En el caso de nulificación de carrera, prevenido en el Artículo 137, así como en cualquier carrera sin competencia, las apuestas deberán quedar sin efecto;
e) Si en algún sistema de apuestas el monto de todas las de una carrera, debido a marcada preferencia por determinados competidores, no basta para otorgar premio de los boletos de algún caballo favorito, la Empresa en ningún caso podrá pagar como ganancia, menos del diez por ciento al boleto ganador;
f) Si cualquier caballo tuviere que ser descalificado por infracción a lo previsto en el Artículo 285, el dinero apostado a tal caballo deberá ser devuelto y deducido del fondo de apuestas, salvo que se trate de una parte de doble inscripción (Entry) o de agrupamiento (Field), en cuyo caso no se hará devolución alguna, si el o los otros caballos que lo acompañaban no son descalificados por el mismo motivo y son competidores.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Caballos de Pura Sangre