CAPÍTULO I
ARTÍCULO 1o.- A la Comisión Nacional de Carreras de Caballos,...
ARTÍCULO 2o.- Empresario es la persona física o moral que,...
ARTÍCULO 3o.- Debe entenderse por temporada autorizada de carreras la...
ARTÍCULO 4o.- Toda temporada se iniciará oficialmente dos días antes...
ARTÍCULO 5o.- CRIADOR, es el propietario de una yegua madre,...
ARTÍCULO 6o.- Todo caballo debe considerarse criado en el lugar...
ARTÍCULO 7o.- PROPIETARIO, es el dueño o condueño de uno...
ARTÍCULO 8o.- En los términos de este Reglamento, las palabras...
ARTÍCULO 9o.- NO GANADOR (maiden) es el ejemplar de carreras...
ARTÍCULO 10.- Representante o Agente Autorizado de un propietario, será...
ARTÍCULO 11.- La persona en cuyo nombre se inscriba un...
ARTÍCULO 12.- Carrera es una prueba de velocidad entre dos...
ARTÍCULO 13.- Se tendrán como reconocidas y autorizadas las siguientes...
ARTÍCULO 14.- Un ejemplar se convierte en COMPETIDOR o PARTICIPANTE,...
ARTÍCULO 15.- COLOCACION, al terminar una carrera, es la posición...
ARTÍCULO 16.-Hora de salida es la fijada para la iniciación...
ARTÍCULO 17.-PUNTO DE PARTIDA es el lugar de la pista...
ARTÍCULO 18.-Jinete (jockey) es el que monta un caballo en...