ARTÍCULO 9.02.- La formación de la carrera y la posición de barrera en un galgo será determinada por sorteo supervisado por el Secretario de Carreras, en la oficina de éste y cuando menos un día antes de aquél en que deba tener verificativo el evento, haciéndose del conocimiento de los interesados en el mismo acto, el resultado del sorteo.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Galgos