ARTÍCULO 12.02.- Antes de que un galgo pueda quedar sujeto a entrenamiento oficial, o correr en cualquier galgódromo, el propietario o el entrenador deberán establecer, ante el Juez de Básculas, el peso de carrera que habrá de corresponder a dicho galgo.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Galgos