ARTÍCULO 5.21.1.- Las órdenes giradas por los Árbitros y las resoluciones de dicho Cuerpo tendrán prioridad y deberán ser acatadas sin que prevalezcan sobre ellas ninguna disposición, orden o medida girada por cualquier otra persona o funcionario que intervenga en las actividades que norma este Reglamento, sin perjuicio de la facultad que tiene la Comisión para revisar y en su caso confirmar o revocar esas determinaciones.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Galgos