ARTÍCULO 5.56.3.- El Supervisor de Galgos recibirá de los Entrenadores, Propietarios o de los ayudantes de estos, los galgos, comprobando que los ejemplares sean colocados en las perreras respectivas de acuerdo con el número de la medalla que cada ejemplar traiga consigo procediendo a entregar a los Conductores, previamente a cada carrera, los ejemplares que hayan de participar, permaneciendo de guardia desde el momento en que se abra la zona de concentración hasta aquél en que los ejemplares sean sacados y entregados a los Conductores para su participación en la última carrera. Todo lo anterior deberá ser igualmente supervisado por el Veterinario de la Comisión.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Galgos