ARTÍCULO 3.26.- Toda persona con interés en una perrera (Kennel) será avalista y responsable, sea por sí o por sus dueños o condueños, de todas las cuotas o multas que adeuden o se impongan a dicha perrera. Si una de esas personas fuese suspendida o se le rehúsa su solicitud de licencia, todos los galgos pertenecientes a dicha perrera (Kennel), quedarán incapacitados para correr hasta que sean vendidos o transferidos, a satisfacción del Cuerpo de Árbitros.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Galgos