ARTÍCULO 5.44.8.- El Secretario de Carreras será responsable de la adecuada clasificación de los galgos. Antes de que los ejemplares puedan correr en carreras con apuesta el Secretario de Carreras los hará participar en escuelas oficiales, durante el tiempo necesario que le permita colocarlos en el grado óptimo, según la actuación que cada uno desarrolle.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Galgos