ARTÍCULO 5.40.- Siempre que se considere aconsejable y prudente consultar una fotografía de llegada se proporcionarán de inmediato aquellos lugares o posiciones finales respecto de los cuales no haya duda, y una vez consultada la foto colocarán los siguientes lugares de llegada. Sin embargo, en ningún caso se declarará oficial la carrera hasta que los Árbitros hayan determinado qué galgos llegaron primero, segundo y tercer lugar.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Galgos