ARTÍCULO 7.11.- Al igual que en las carreras oficiales, ningún galgo podrá correr en los exámenes de capacitación bajo la influencia de narcóticos, estimulantes, depresivos, analgésicos locales, etc., por lo que todo animal inscrito para participar en exámenes de capacitación no deberá ser medicado durante las cuarenta y ocho horas anteriores al examen de capacitación.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Galgos