CAPÍTULO DÉCIMO NOVENO
ARTÍCULO 19.01.- A cualquier galgo que se encuentre inscrito en...
ARTÍCULO 19.02.- Independientemente de las substancias que sean consideradas como...
ARTÍCULO 19.03.-La Empresa del galgódromo respectivo deberá proporcionar a la...
ARTÍCULO 19.04.- Cuando del análisis químico de la orina u...
ARTÍCULO 19.05.- Tan luego como el Cuerpo de Árbitros y...
ARTÍCULO 19.06.- Del resultado de la investigación se rendirá un...
ARTÍCULO 19.07.- Dentro de las veinticuatro horas siguientes al recibo...
ARTÍCULO 19.08.-El entrenador será siempre el avalista absoluto de las...
ARTÍCULO 19.09.- Una vez realizada la audiencia a que se...
ARTÍCULO 19.10.- La resolución de la Comisión tendrá como base...
ARTÍCULO 19.11.- El premio obtenido por el galgo cuyo análisis...
ARTÍCULO 19.12.- En el caso de que un galgo establezca...
ARTÍCULO 19.13.- El propietario, entrenador, perrero o cualquier persona que...
ARTÍCULO 19.14.- Ninguna persona podrá poseer en la perrera o...
ARTÍCULO 19.15.- Durante la toma de una muestra, el propietario,...
ARTÍCULO 19.16.- La muestra así obtenida deberá colocarse en un...
ARTÍCULO 19.17.- El Veterinario representante de la Comisión enviará la...
ARTÍCULO 19.18.- Cualquier persona que suministre a un galgo substancias...