ARTÍCULO 5.45.4.- El Juez de Báscula deberá proporcionar al Cuerpo de Árbitros una copia de la hoja de pesos debidamente firmada por él inmediatamente después de la ceremonia de peso de entrada. Dicha lista deberá contener el peso oficial y el peso de entrada, la cual será archivada durante un período de 3 (tres) meses.
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