ARTÍCULO 5.02.- Todos los Oficiales mencionados con excepción del Arbitro de la Comisión y el Veterinario Oficial serán nombrados por la Empresa y dichos nombramientos están sujetos a la aprobación de la Comisión, la cual se reserva el derecho de sugerir los cambios de personal que considere pertinentes, motivando sus razonamientos.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Galgos