ARTÍCULO 24.05.- El certificado de registro de un galgo que quede descalificado para competir en carreras oficiales, cuya sangre y actuaciones no ameriten dedicarlo a la cría, será cancelado por el Veterinario Oficial, quien hará la anotación pertinente, procediendo de acuerdo con el propietario a la destrucción humanitaria del ejemplar.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Galgos